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Creado: septiembre 21, 2020
Finalizó: Octubre 6, 2020
Comentarios: 0
Estado: Cerrado

No. 5705 Iniciativa que Dispone Aprobar Ley de Educación Musical y Fomento a la Enseñanza y Aprendizaje de la Marimba Guatemalteca.

  • Fecha: 21 septiembre, 2020
  • Comentarios 0
  • Estado Cerrado

La iniciativa declara de interés nacional la investigación, rescate, estudio, promoción, divulgación, enseñanza y aprendizaje de la Marimba Nacional en cada escuela privada o pública del Estado, en los niveles de Educación Primaria y en los Institutos de Educación Media.

Para el efecto, el Ministerio de Educación deberá modificar los programas de estudio pertinentes y contratar al personal docente idóneo que permita la enseñanza y aprendizaje de la Marimba Nacional. Asimismo, este Ministerio implementará e iniciará con el programa de aprendizaje de la clase de marimba en el nivel de primaria y secundaria en el sistema educativo oficial.

En virtud de lo cual se creará el Consejo Nacional de Marimba (integrado por un representante del Ministerio de Cultura, de la Delegación Departamental de Educación del Ministerio de Educación, el Director del Consejo,  una persona de la Escuela Nacional y de músicos de la marimba organizados), como órgano rector en cuanto a la enseñanza y aprendizaje educativo de la Marimba Nacional, este será responsable de crear, desarrollar y llevar a cabo las políticas de Estado, como una entidad adscrita al Ministerio de Educación.

También se creará la Dirección General del Consejo Nacional de la Marimba que será el órgano administrativo superior después del Consejo Directivo. El Director será nombrado por el Ministro de Educación, debe ser mayor de 30 años, guatemalteco de origen y conocimiento amplio de la Marimba, y tendrá bajo su dirección la organización de las escuelas departamentales de la marimba.

Por su parte, el Ministerio de Cultura y Deportes tendrá la obligación, en un plazo de 24 meses improrrogables, en concluir la construcción de 4 centros educativos denominados Escuela Nacional de la Marimba, que comprenderá las 4 regiones y en un plazo de 10 años deberá extenderse a los 22 departamentos y todas las municipalidades.

El Ministerio de Educación deberá cubrir los gastos que se originen de la contratación del personal docente, administrativo y de servicio que requiera la Escuela Nacional y las Escuelas de Marimba a nivel departamental y municipal.

También se establece que toda corporación municipal deberá dictas las medidas, normativas, jurídicas y financieras apropiadas para la creación de la Unidad de Conservación de la Marimba Municipal, a efecto que una vez por semana las cabeceras departamentales, puedan realizar conciertos.

El Consejo en un plazo de 90 días desarrollará un plan operativo que establezca los instrumentos técnicos y legales que sean necesarios.

Por último, el Ministerio de Finanzas establecerá la asignación presupuestaria anual, la cantidad de 20 millones de quetzales, incluidos dentro del asignado al Ministerio de Cultura, Este presupuesto será con exclusividad para la construcción de la Escuela Nacional de la Marimba con sede en la capital y las Escuelas de Marimba a nivel departamental y municipal.
La iniciativa esta compuesta por 14 artículos.