Esta iniciativa está compuesta por dos artículos.
Establece que quien indujere a otro al suicidio o le prestare ayuda para cometerlo, si ocurriere la muerte, se le impondrá prisión de cinco a quince años.
También se indica que si el suicidio no ocurre pero el intento produce lesiones, la pena será de seis meses a tres años.
La iniciativa de ley:
Reforma Artículo 128.
Lo siento, debes estar conectado para publicar un comentario.