Esta iniciativa está compuesta por dos artículos.
Se menciona que las pensiones que otorga la Ley no serán menores de 1,500 Quetzales mensuales, ni mayores de 10,000 Quetzales mensuales.
No obstante, los pensionados del Sector Salud y del Magisterio Nacional no podrá ser menor a 8,000 Quetzales mensuales.
Se indica que el presente decreto entrará en vigencia el uno de enero del año 2019.
La iniciativa de ley:
Reforma literal c) del Artículo 25 del Decreto número 63-88 del Congreso de la República, Ley de Clases Pasivas Civiles del Estado.
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